Maneras de prevenir la morosidad en la franquicia
¿Qué dice la Ley sobre la morosidad? Sobre toda relación comercial y especialmente sobre las que interviene el precio aplazado, existe el riesgo de que se retrasen los pagos, cumpliendo tardíamente con la obligación de pagar. ¿Cómo se puede prevenir la morosidad?
Sobre toda relación comercial y especialmente sobre aquellas en las que interviene precio aplazado, existe el riesgo de que la parte obligada a cumplir con posterioridad cumpla tardíamente su obligación. Tanto en los casos de incumplimiento total o propio, esto es, al impago definitivo de la deuda, como en el caso de mora o cumplimiento tardío de la obligación de pago, son evidentes los perniciosos efectos sobre el cash-flow de la empresa acreedora y las inevitables tensiones económicas y comerciales que genera.
Con el fin de ayudar a los acreedores a ‘protegerse’ contra este mal endémico de las operaciones mercantiles, el legislador puso a disposición de las empresas una herramienta, no muy bien conocida y en muchas ocasiones infrautilizada. Nos estamos refiriendo a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre de 2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad, que entró en vigor hace ya casi tres años (exactamente el 31 de diciembre de 2004), como consecuencia de la trasposición a nuestro ordenamiento de la Directiva Europea 2000/35/CE. La ley es aplicable a todas las relaciones comerciales que den lugar a la entrega de bienes o a la prestación de servicios entre empresas, o entre empresas y la Administración.
Todos detalles sobre este tema, en el artículo de Franquicias y Negocios, en la edición de julio.
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Franquicias y Negocios
09/07/2009
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