El contrato de franquicia: competencia territorial
Nuestro especialista en materia legal analiza una cuestión que ha sido objeto de dudas y opiniones encontradas, a saber: dentro de los de Primera Instancia ¿a qué Juez deberán dirigirse las partes? O dicho de otro modo. ¿Dónde se presentará la demanda?
Como hemos venido diciendo en reiteradas ocasiones, el contrato de franquicia carece de regulación específica en nuestro país de modo que, también en este caso, serán de aplicación las normas generales sobre competencia territorial previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Ahora bien, antes de seguir adelante es preciso advertir que la competencia territorial no sólo viene determinada por el domicilio de las partes en litigio sino que, en ocasiones, es la acción ejercitada la que determina qué Juez será el competente. Por ejemplo, en aquellos casos en que se ejerciten acciones reales sobre bienes inmuebles, el Juez competente será el del lugar donde radique la finca, independientemente del domicilio del demandante y del demandado.
Sería descabellado pretender, ni aun de modo sintético, ofrecer al lector un análisis de los diversos supuestos previstos en la ley. Conscientes de la simplificación, nos centraremos en el supuesto más frecuente en la práctica: el ejercicio de acciones de cumplimiento o resolución (con o sin indemnización) relativas al contrato de franquicia. En otras palabras: la resolución anticipada de un contrato de franquicia por incumplimiento de (al menos) una de las partes.
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Franquicias y Negocios
19/02/2009
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